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Documentos hábiles de viaje

 

Nacionales: Pasaporte o DNI.

Nacionales del Mercosur y Estados Asociados: Pasaporte o Cédula de Identidad (Decisiones del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR Nº 18/08, 37/14 y 46/15).

Extranjeros extra Mercosur: Pasaporte.

Visas cuando fuere exigida.

Categoría general
Fuente de la información
Dirección Nacional de Migraciones
País
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Info (Listado de Nacionalidades).

Para conocer las nacionalidades a las cuales se les solicita visa para ingresar al país, consulte el siguiente enlace:

Nacionalidades que requieren visa.

Para solicitar su visa de turista ingrese aquí:

Información.

 

Info (Tipos de visas y requisitos).

Para conocer los diferentes tipos generales de visa y especificidades, ingrese aquí:

Información.

 

Plazo de permanencia de los diferentes tipos de visa:

Visa de turismo. El plazo de permanencia es de 3 meses, prorrogable por otro período similar.

La prórroga se tramita presentándose en cualquiera de las Delegaciones de la DNM antes de que venza el plazo concedido.

Visa para Negocios. El plazo de permanencia es de 60 días. Para permanecer deberá iniciar el trámite de residencia.

Ver módulo de radicación en la plataforma para conocer los requisitos y medios para su gestión.

Visa para asistir a congresos y ferias, o realizar actividades técnicas, científicas, artísticas o profesionales: el plazo de permanencia es de 30 días. Para permanecer deberá iniciar el trámite de residencia.

Ver módulo de radicación en la plataforma para conocer los requisitos y medios para su gestión.

Visa de estudiante + 365: su permanencia es por un período mayor a los 365 días, conforme programa de estudios.

Visa de estudiante – 365: su permanencia es por un período menor a los 365 días, conforme programa de estudios.

Visa para Religiosos del Culto Católico o no católico: para religiosos que impliquen la radicación temporaria en el país, la permanencia será por el tiempo que la Nota Invitación informe.

Ver módulo de radicación en la plataforma para conocer los requisitos y medios para gestionar la residencia temporaria.

Visa para trabajo: aquellas personas que cuenten con un contrato laboral suscrito por el empleador, gestionando su residencia temporaria.

Ver módulo de radicación en la plataforma para conocer los requisitos y medios para gestionar la residencia temporaria.

Visa para personal trasladado: aquellas personas con contrato de trabajo o constancia de trabajo emitida por la empresa en el exterior y constancia de la filial o entidad receptora en Argentina, con el motivo del traslado. Debe gestionar su residencia temporaria.

Ver módulo de radicación en la plataforma para conocer los requisitos y medios para gestionar la residencia temporaria.

Visa por Reunificación Familiar:  la permanencia será en atención a la residencia de su familiar, del dador de criterio, para el caso de personas extranjeras residentes en Argentina.

Reagrupamiento familiar.

Visado humanitario:

Disposición 891/022.

 


Enviado por mcoitinho@iom.int el