Para Nacionales: pasaporte o cédula de identidad.
Se prorroga la normativa vigente para la validez de las cédulas vencidas.
Para personas nacionales del Mercosur y Estados Asociados: pasaporte o cédula de identidad.
Otras nacionalidades: pasaporte. Visa para aquellas nacionalidades que se les requiere.
Para conocer las nacionalidades a las cuales se les requiere visa para el ingreso al país, ingrese aquí:
Para conocer los diferentes tipos de visa generales y sus requisitos, ingrese aquí:
Tiempos de permanencia para los diferentes tipos de visa.
Visa de turismo: Tiempo de permanencia 30 días con posibilidad de prórrogas por igual período. La solicitud de prórroga se realiza en las oficinas de la Dirección General de Migración.
Información.
Visa de Objeto determinado: “Trabajo transitorio” y “Trabajo, Salud y Familia”.
Permanencia 30 días, prorrogables mediante trámite ante el Servicio Nacional de Migración.
Visa múltiple: (trabajo, actuación cultural, artística o deportiva).
Permanencia 365 días.
Visa de estudiante: por el tiempo correspondiente a los estudios acreditados a realizar.
"Información provisoria a la espera de la confirmación del Estado".
Enviado por mcoitinho@iom.int el