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Restricciones de entrada

De acuerdo con la Ordenanza N° 670/2022 , se autoriza el ingreso por vía aérea, por vía fluvial de los cruceros marítimos y por carreteras u otros medios terrestres.


En cuanto a la entrada por vías aéreas, las restricciones son las siguientes:

  • Los viajeros completamente vacunados (calendario de vacunación primaria, no incluye necesidad de refuerzo o refuerzo) 14 días antes de la salida están exentos de dar negativo en la prueba de Covid-19 y solo necesitan presentar un comprobante de vacunación;
  • Viajeros que no estén completamente vacunados, siempre que brasileños y extranjeros residentes en territorio brasileño, aquellos con una condición de salud que contraindique la vacunación (comprobado por un informe médico), aquellos no elegibles para la vacunación debido a la edad o que provengan de países con baja cobertura de vacunación: deberá presentar a la aerolínea, antes del embarque, el documento que acredite la realización de una prueba para Covid-19, con resultado negativo o no detectable, como prueba de antígeno o RT-PCR de laboratorio realizada un día antes del momento del embarque;
  • Los extranjeros que no estén debidamente vacunados quedan impedidos de ingresar al territorio nacional (salvo las excepciones previstas en la ordenanza).

Sobre la entrada por vía fluvial de cruceros:

  • Se requiere prueba de vacunación.
  • Para los casos elegibles, es necesario presentar una prueba negativa del tipo RT-PCR o antígeno antes del desembarque en el territorio nacional.
  • La autorización del transporte fluvial de pasajeros y pasajeras, brasileños y personas brasileñas o extranjeras, exclusivamente en aguas jurisdiccionales brasileñas, de buques de crucero marítimo y la operación de buques con transporte de pasajeros, en puertos nacionales, está condicionada a la previa edición de una Ordenanza por el Ministerio de Salud, que deberá disponer el escenario epidemiológico y la definición de situaciones consideradas brotes de Sars-Cov-2 (Covid-19) en embarcaciones.

En concreto, para más información sobre cruceros, véase la Resolución RDC N° 574/2021 y la Resolución RDC N° 584/2021 .


Para la entrada por tierra:

Se requiere comprobante de vacunación para ingresar al país. Los inmunizadores deben haber sido aprobados por la Anvisa o la OMS y la aplicación de la última dosis debe haber ocurrido por lo menos 14 días antes del envío.

Están exentos de presentar comprobante de vacunación en el transporte terrestre:

  • Los brasileños y las personas brasileñas y extranjeras residentes en territorio brasileño que no estén completamente vacunadas;
  • Trabajadores del transporte de carga en las condiciones que establezca la ordenanza;
  • Residentes fronterizos en ciudades gemelas;
  • Viajeros en situación de vulnerabilidad (crisis humanitaria);
  • Viajeros de países con bajas coberturas de vacunación;
  • Personas no elegibles para la vacunación en función de la edad;
  • Viajeros con una condición de salud que contraindique la vacunación.

Las personas extranjeras que no estén completamente vacunadas quedan impedidas de ingresar al territorio nacional (salvo excepciones).


Medidas excepcionales y temporales para niños y niñas que viajen sin un acompañante:

Vía aérea

Los niños de dos años o más y menores de doce años, que viajen sin acompañante, deberán presentar documentos con resultado negativo o no detectable, como RT-PCR de laboratorio o prueba de antígenos, realizados dentro del día anterior al momento del embarque/entrada en el país.

Los niños entre 2 y 12 años no vacunados, que viajen sin acompañante, deberán presentar un documento con resultado negativo o indetectable, del tipo de laboratorio RT-PCR o prueba de antígeno, realizado hasta un día antes del momento de salida/entrada en el país.

Ruta terrestre

Los viajeros mayores de cinco años, así como los brasileños y los extranjeros residentes en el país mayores de cinco años, deben presentar comprobante de vacunación, excepto aquellos que regresan de un viaje iniciado hace al menos 30 días.

En relación a los brasileños y extranjeros, residentes y no residentes, mayores de cinco años y menores de 18 años en viaje terrestre que no presenten comprobante de vacunación por no disponibilidad de dosis para ese público en el país de origen, están exentos, en este momento de presentación del certificado de vacunación.

Vía marítima

Los requisitos se tratan en el tema Vía aérea.

 

Niños y niñas que viajan acompañados:

Vía aérea

Si el viajero mayor de 5 años y menor de 18 va acompañado de una persona responsable que no presente comprobante de vacunación, deberá someterse a cuarentena por 14 días en la ciudad de su destino.

Los niños menores de dos años están exentos de presentar un documento que acredite la realización de una prueba para detectar la infección por el coronavirus SARS-CoV-2 (Covid-19) para viajar a la República Federativa de Brasil.

Los niños a partir de los 5 años necesitan acreditar su vacunación contra el covid-19 para ingresar al país, según la Nota Informativa No. Solo podrán presentar el documento los niños que hayan estado fuera del país por más de 30 días o que sean viajeros de países donde la vacunación es insuficiente.

Ruta terrestre

Los viajeros mayores de cinco años, así como los brasileños y los extranjeros residentes en el país mayores de cinco años, deben presentar comprobante de vacunación, excepto aquellos que regresan de un viaje iniciado hace al menos 30 días.

En relación a los brasileños y extranjeros, residentes y no residentes, mayores de cinco años y menores de 18 años en viaje terrestre que no presenten comprobante de vacunación por no disponibilidad de dosis para ese público en el país de origen, están exentos, en este momento de presentación del certificado de vacunación.

Vía marítima

Los requisitos se tratan en el tema Vía aérea.

 

Niños y niñas que viajan con dos acompañantes:

Vía aérea

Los niños menores de doce años que viajen acompañados están exentos de presentar documento que acredite la realización de pruebas de detección de infección por el coronavirus SARS-CoV-2, siempre que todos los acompañantes presenten documento con resultado negativo o prueba de antígeno o RT-PCR tipo laboratorio no detectable, realizada dentro del día anterior a la salida/entrada al país.

Los niños menores de dos años están exentos de presentar un documento que acredite la realización de una prueba para detectar la infección por el coronavirus SARS-CoV-2 para viajar a la República Federativa de Brasil.

Los niños a partir de los 5 años necesitan acreditar su vacunación contra el Covid-19 para ingresar al país, según la Nota Informativa No. Solo podrán presentar el documento los niños que hayan estado fuera del país por más de 30 días o que sean viajeros de países donde la vacunación es insuficiente .

Ruta terrestre

Los viajeros mayores de cinco años, así como los brasileños y los extranjeros residentes en el país mayores de cinco años, deben presentar comprobante de vacunación, excepto aquellos que regresan de un viaje iniciado hace al menos 30 días.

En relación a los brasileños y extranjeros, residentes y no residentes, mayores de cinco años y menores de 18 años en viaje terrestre que no presenten comprobante de vacunación por no disponibilidad de dosis para ese público en el país de origen, están exentos, en este momento de presentación del certificado de vacunación.

Vía marítima

Los requisitos se tratan en el tema Vía aérea.


Las restricciones de entrada no se aplican a: nacidos en Brasil y nacidos en Brasil o naturalizados y naturalizados; inmigrante con residencia permanente, por tiempo fijo o indefinido, en territorio brasileño; o los extranjeros y los extranjeros que sean cónyuge, pareja o pareja, hija o hijo, madre o padre o curador o curador de brasileño, cuya entrada sea expresamente autorizada por el Gobierno brasileño en vista del interés público o por razones humanitarias; y titulares del Registro Nacional de Migración (RNM) .

Para obtener más información sobre a quién se aplican las restricciones, consulte la Ordenanza n.º 670/2022 .

Categoría general
Fuente de la información
Presidencia de la República
País
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Enviado por pagomes@iom.int el