Restricciones a la movilidad interna

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Restricciones a la movilidad interna

El transporte de personas en medios de transporte público por carretera o agua sólo está permitido con la debida observancia del protocolo de transporte público , que indica las directrices para el sector del transporte, transporte en autobús, barco y taxi.

Es obligatorio el uso de cubrebocas, medidas de higiene y distanciamiento entre los pasajeros que esperan el transporte. Hay una multa de SRD 1000 por ley por no usar cubrebocas en el transporte público.


Enviado por pagomes@iom.int el Vie, 04/03/2022 - 11:43

Existen protocolos definidos por la Agencia de Vigilancia Sanitaria (Anvisa), para procedimientos de embarque y desembarque de tripulantes de embarcaciones y plataformas, en el transporte acuático; tripulación de aeronaves, turistas y migrantes, que se desplazan internamente y supervisión de autobuses, que transportan pasajeros y pasajeras, entre estados. Para obtener más información sobre los protocolos, acceda: https://www.gov.br/anvisa/pt-br/assuntos/paf/coronavirus/protocolos .


Enviado por pagomes@iom.int el Vie, 04/03/2022 - 11:12

Cualquier persona que se dedique al transporte dentro de Guyana, ya sea por tierra, mar o aire, puede transportar tantos pasajeros como el automóvil, barco o aeronave esté autorizado a transportar.


Enviado por pagomes@iom.int el Mar, 03/08/2021 - 15:38

No se permite el transporte de personas en medios de transporte público por carretera o por agua, y sólo se permite la circulación de taxis de empresas de taxi registradas para las personas que trabajan en los servicios esenciales y para las emergencias.


Enviado por paulagomez el Mié, 16/06/2021 - 09:33

Hay diferentes medidas de restricciones a la circulación en determinadas áreas o zonas geográficas del país, así como la entrada o salida de éstas.


Enviado por paulagomez el Dom, 13/06/2021 - 22:40

No existen restricciones pero se dan regulaciones atendiendo la Fase en la que se encuentra la Comuna respectiva de origen y de destino.

Se crean 3 fases: 1. Bajo Impacto sanitario; 2. Medio Impacto sanitario y 3. Alto Impacto sanitario.

Para cada una de ellas se prevén medidas.

Por mayor información consultar el link:

Plan Paso a Paso.


Enviado por mcoitinho@iom.int el Mié, 12/05/2021 - 00:03

No hay medida de toque de queda, ni están previstas restricciones de viaje dentro del país, se realizan vuelos domésticos, pero se establecen requisitos.

El transporte público opera a nivel departamental e interdepartamental, en los horarios que determinan las autoridades competentes y cumplimiento de los protocolos respectivos.

Información. 


Enviado por mcoitinho@iom.int el Mar, 11/05/2021 - 22:30

Se dispone que, para el uso de playas, ríos, lagos, lagunas y piscinas, los mayores de 12 años de edad deben presentar el carné físico o virtual que acredite haber completado, en el Perú y/o el extranjero, su esquema de vacunación contra la COVID-19, y la dosis de refuerzo para mayores de 40 años que se encuentren habilitados para recibirla, según protocolo vigente, así como respetar las normas emitidas por la Autoridad Sanitaria Nacional, pueden incluso cerrar las playas, ríos, lagos, lagunas y piscinas, en caso de incumplimiento de las normas correspondientes.


Enviado por kchavez@iom.int el Mar, 11/05/2021 - 19:28