Apertura al turismo desde todos los países.
Quedó restablecido el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes, siempre que cumplan con los requisitos migratorios y sanitarios vigentes o que se establezcan en el futuro.
Las regulaciones fronterizas se encuentran definidas en las siguientes normas:
El Decreto N° 260/20, sus normas complementarias y modificatorias.
Por Decisión Administrativa 837/2022 se adoptaron nuevas medidas vigentes para el ingreso a la Argentina a partir del 24 de agosto de 2022
Se han dejado de requerir Declaración Jurada respecto de Covid-19, test de diagnóstico y seguro de salud Covid-19 para el ingreso a la República Argentina. También serán exceptuados de realizar aislamiento.
En caso de detectarse o reportarse en el punto de entrada al país un caso positivo o sospechoso de COVID-19, se procederá teniendo en cuenta iguales medidas de prevención y control que para cualquier infección respiratoria aguda.
No será necesario realizar controles de temperatura en los puntos de ingreso al país ni en los embarques con destino al territorio nacional.
Disposición Nº 1975/2022. de la DNM por la cual se deja sin efecto a partir del 25/8/2022 la Disposición Nº 3025/20. Queda sin efecto la Declaración Jurada para el ingreso al país.
Enviado por mcoitinho@iom.int el