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Documentos.

Nacionales:  pasaporte o cédula de identidad.

Nacionales del Mercosur y Estados Asociados: pasaporte o cédula de identidad.

Otras Nacionalidades: pasaporte.


Para las personas de nacionalidad venezolana, se autoriza el viaje con documentos vencidos y cuenten con residencia.


Visa para las nacionalidades que le son exigibles. 

Información.

 

Categoría general
Fuente de la información
Gobierno de Chile.
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Info (Listado de Nacionalidades).

Para conocer las nacionalidades a las cuales se les requiere visa para su ingreso a Chile, ingrese aquí:

Información.

"Información provisoria a la espera de la confirmación del Estado".

Info (Tipos de visas y requisitos).

Para conocer los diferentes tipos de visa generales y sus especificidades, consulte aquí:

Información.

 

Tiempo de permanencia para los diferentes tipos de visa.

Visa de turismo: el término de permanencia transitoria es de 90 días, con posibilidad de prorrogarlo por 90 días más, los cuales solicitará ante el Servicio Nacional de Migraciones.

Información.

Visa sujeta a contrato de trabajo: el término de permanencia es de 2 años. Se obtiene una visa residente.

Visa para artistas que van a trabajar por menos de 90 días: debe solicitar visa de turismo, si no existe exención de esta visa. El representante o productor artístico solicitar permiso de trabajo ante el Servicio Nacional de Migraciones. Permanencia estará dada por el término del permiso.

El plazo es prorrogable siempre que este se encuentre vigente.

Información.

Visa de residente temporario dependiente: el plazo es de 1 año. Es prorrogable por el Servicio Nacional de Migraciones. Podrán aplicar a una residencia temporal en calidad de titulares, cumpliendo con los requisitos previstos.

Ver módulo de radicación en el portal.

Visa de estudiante: Permanencia 1 año o por el tiempo que dure la beca, si correspondiere. Es prorrogable, siempre que se solicite antes de los 90 días del vencimiento.

El trámite está disponible en línea:  https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/92238/1/pdf


 

"Información provisoria a la espera de la confirmación del Estado".


Enviado por mcoitinho@iom.int el